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SCJN avala que UIF bloquee cuentas bancarias sin orden judicial previa

Publicado el abril 6, 2026abril 6, 2026 Por admin No hay comentarios en SCJN avala que UIF bloquee cuentas bancarias sin orden judicial previa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictó este lunes un criterio que redefine el control financiero en México. Con una votación de 6 ministros contra 3, el Pleno declaró constitucional el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, permitiendo a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) bloquear cuentas bancarias de forma directa.

Esta medida permite a la dependencia de la Secretaría de Hacienda actuar sin necesidad de una orden judicial, intervención del Ministerio Público o una solicitud de autoridades extranjeras. La validación surge al resolver la acción de inconstitucionalidad 58/2022 y dos amparos específicos, estableciendo que el bloqueo es una medida cautelar administrativa y no una sanción penal.

El proyecto, impulsado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, sostiene que la facultad busca proteger la integridad del sistema financiero nacional ante indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo. Bajo esta lógica, la UIF puede incorporar a personas a la lista de bloqueados basándose estrictamente en investigaciones de origen interno.

La decisión rompe con la jurisprudencia 46/2018 de la Segunda Sala, la cual limitaba el congelamiento de activos únicamente a compromisos internacionales. Ahora, el brazo financiero del gobierno federal tiene vía libre para inmovilizar recursos cuando detecte operaciones sospechosas dentro del territorio mexicano.

Entre los casos analizados por el Pleno se encontraba un amparo promovido por un presunto familiar de Ismael “El Mayo” Zambada, lo que subraya el alcance de esta herramienta en el combate a la estructura económica de organizaciones criminales.

Pese al respaldo mayoritario, ministros como Yasmín Esquivel Mossa votaron en contra, advirtiendo sobre la falta de parámetros claros en la ley que den certidumbre a los usuarios. No obstante, el fallo es definitivo y de aplicación inmediata para las instituciones bancarias del país.

Este nuevo esquema otorga un control preventivo sin precedentes, agilizando la capacidad de respuesta de la Hacienda pública ante movimientos de capitales de procedencia ilícita, eliminando los tiempos de espera burocráticos que implicaba la vía judicial.

 

Nacional Etiquetas:bloqueo de cuentas, Hacienda, lavado de dinero, Ley de Instituciones de Crédito, SCJN, UIF

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